este Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación , Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda, y en consecuencia ordena la remisión de la misma al Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, quien funge como Juzgado distribuidor para que sea este quien distribuya la causa entre los Juzgados de Municipio.