Este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Luego de haberse anunciado a las puertas del juzgado la audiencia correspondiente, sin que la parte demandante haga acto de presencia, "CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO", Se deja constancia que por la empresa demandada TRANSPORTE MIRANDA EXPRESS C.A., compareció su apoderado judicial Abogado JULIAN RAFAEL SUAREZ ARTEAGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.003, según poder apud acta que riela al folio 28 del expediente. Es todo.