Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la Medida Cautelar Innominada solicitada por los ciudadanos, JUANA ORTEGA, OMAR SANCHEZ Y OSMAN SANCHEZ, asistidos por los Abogados WILLIAMS JOSE HERNANDEZ SANCHEZ y ERIKA YUSMARY GONZALEZ BASTARDO, contra ASOCIACIÓN COOPERATIVA WARA R.L,, en la persona del Presidente de la Instancia de Administración, ciudadano DERBY DE JESUS MARTE OJEDA, todos anteriormente identificados.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los Diecisiete (17) días del Mes de Junio (06) del año Dos Mil Once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Publíquese. Regístrese. Diarícese y anótese en los libros respectivos.
Déjese copia en el copiador de sentencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código .....