Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: FRANCISCO ALBERTO GRANADILLO NAVARRO de nacionalidad Venezolano, natural de valencia, estado Carabobo fecha de nacimiento 20/12/1993, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.700.670, de 29 años de edad, de profesión u oficio: indefinido, estado civil: Soltero, residenciado en: PARROQUIA NAGUANAGUA, MUNICIPIO NAGUANAGUA, SECTOR LAS VIVIENDAS, CASA S/N, CALLE CONSTITUCION, ESTADO CARABOBO, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de DETENTACION DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 113 de la Ley para Desarme y Control de Armas y Municiones, mas las accesorias de Ley de conformidad con el artículo 16.1 del Código Penal, se le exonera del pago de costas procesales en virtud del principio de la.....