DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para decidir realiza los siguientes pronunciamientos: Primero: Declara con lugar la Admisión de hechos realizada por el acusado de autos, ciudadano Edward Smith Ávila Mendoza, venezolano, natural de San Felipe Estado Yaracuy, de 28 años de edad, nacido en fecha 31-10-77, soltero, obrero, hijo de Pedro Antonio Ávila y Lourdes Josefina de Ávila, titular de la cédula de Identidad N° 14.572.208, residenciado en: Barrio Francisco de Miranda, calle Colombia, casa Nro. 103-59, Valencia, Estado Carabobo. Segundo Tomando en consideración la ampliación formulada por el Ministerio Público en el acto de la audiencia, se condena al prenombrado acusado a cumplir la pena de Ocho (8) años y cuatro.....