DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia Nro. 1070 de fecha 09 de DICIEMBRE del año 2016, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal, este Tribunal Sexto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por la ciudadana, TALIA CAROLINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.147.536, debidamente asistida por la ciudadana ROXSANA MELCHOR DE VARGAS, venezolana, mayor de edad, abogada en el libre ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 227.171, en consecuencia este Tribunal declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que la unía con el ciud.....