|  |  |  | 
	  
	    
	    |  |  
	    
	    | 
		    |  |  |  |  
			  | 
			      
					| Decisiones del dia 16/07/2018 |  
 
 |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  |  
			  | 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								12.528 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Querella Funcionarial
 |  
					  | Partes: YELITZA DIB JIMENEZ VS.  FUNDACION INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD)
 |  
						| Resumen: 
 este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara. |  
						| Juez/Ponente: Luis Enrique Abello Garcia
 |  
						| Organo: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
 |  
 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								12.519 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Querella Funcionarial
 |  
					  | Partes: RUBEN RAMIREZ VS. MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO
 |  
						| Resumen: 
 este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara. |  
						| Juez/Ponente: Luis Enrique Abello Garcia
 |  
						| Organo: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
 |  
 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								14.209 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Querella Funcionarial
 |  
					  | Partes: GLENFER ELIMINES GARBAN AGUILAR VS. INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY).
 |  
						| Resumen: 
 este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara. |  
						| Juez/Ponente: Luis Enrique Abello Garcia
 |  
						| Organo: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
 |  
 
 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								13.122 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Querella Funcionarial
 |  
					  | Partes: JESUS GUSTAVO VILLEGAS VS. GOBERNACION DEL ESTADO CARABOBO
 |  
						| Resumen: 
 este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara. |  
						| Juez/Ponente: Luis Enrique Abello Garcia
 |  
						| Organo: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
 |  
 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								12.405 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Querella Funcionarial
 |  
					  | Partes: MARILIN YANEISI SUAREZ CHAIVEZ VS. CONTRALORIA DEL ESTADO YARACUY
 |  
						| Resumen: 
 este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara. |  
						| Juez/Ponente: Luis Enrique Abello Garcia
 |  
						| Organo: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
 |  
 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								3584-2018 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Divorcio 185-A
 |  
					  | Partes: JUAN ALEXIS BARRIOS CARRILLO Y LISSETH OMAIRA MENDEZ  ROMERO
 |  
						| Resumen: 
 Con fundamento a lo expuesto anteriormente este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO 
ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y 
DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, 
ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELAy por Autoridad de 
la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil formulada por los 
ciudadanos JUAN ALEXIS BARRIOS CARRILLO y LISSETH OMAIRA MENDEZ ROMERO, 
identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que 
los unía desde 03 de Diciembre de 1993, fecha en la que contrajeron matrimonio por ante la Prefectura del 
Municipio Guacara del Estado Carabobo, hoy Oficina de Registro Civil del Municipio Guacara del Estado 
Carabobo. Acta Nª 42. Tomo I. 
En relación al acuerdo efectuado por los solicitantes sobre la partición de los bienes adquiridos 
durante el matrimonio, y dado que al presentarse la solicitud d..... |  
						| Juez/Ponente: Sandra Brett Castillo
 |  
						| Organo: Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra.
 |  
 
					    
						  
					      | N° Expediente :
								3530-2018 | N° Sentencia : | Fecha: 16/07/2018 |  
					  | Procedimiento: Divorcio 185-A
 |  
					  | Partes: REINA YRENES MARQUEZ HIDALGO Y GERARDO JOSE ALDREY  GRANADO
 |  
						| Resumen: 
 Con fundamento a lo expuesto anteriormente este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO 
ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y 
DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, 
ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELAy por Autoridad de 
la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil formulada por los 
ciudadanosREINA YRENES MARQUEZ HIDALGO y GERARDO JOSE ALDREY GRANADO,
identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que 
los unía desde 14 de Abril de 1988, fecha en la que contrajeron matrimonio por ante la Prefectura 
delaParroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, hoy Oficina de Registro Civil dela 
Parroquia `San José Municipio Valencia del Estado Carabobo. Acta Nº 210. Tomo I. 
Por cuanto los solicitantes manifestaron no haber adquirido bienes durante el matrimonio, no hay 
COMUNIDAD CONYUGAL que liqui..... |  
						| Juez/Ponente: Sandra Brett Castillo
 |  
						| Organo: Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra.
 |  
 
 
 |  |  |  |