DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la Autoridad que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos MIRKA JANETT ASCANIO DE BARRETO y FERMIN ANTONIO BARRETO REINA, titulares de la cedula de identidad N° V- 3.746.562 y V- 7.249.419, respectivamente, asistidos por el abogado ANGEL REYNA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.575. En consecuencia, se declara: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado en fecha: 07 de Agosto de 1982, asentado, en el Libro de Registro de Matrimonios llevados por el REGISTRADOR (A) CIVIL DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO, bajo el No. 19, del año 1982, y así se decide. Ofíciese lo conducente a la referida autoridad Civi.....