En razón de que no existe relación entre la persona que atendió el alguacil con la parte demandada, considera el Tribunal que la notificación no fue debidamente practicada, lo que podría afectar el derecho a la defensa, la tutela judicial, la igualdad entre las partes y al debido proceso, de los cuales ésta Jueza debe ser garante, por las consideraciones anteriormente expuestas, forzosamente, se deja sin efecto, la actuación realizada por el alguacil y se ordena librar nuevo cartel de notificación a la parte demandada.