Se dictó Sentencia Definitiva Condenatoria, en contra de los acusados DANIEL PIEDRA GONZÁLEZ y WILLY ISMAEL RIVERO ROJAS, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES INTENCIONALES GENÉRICAS, imponiendoles una pena de CINCO (5) AÑOS Y UN (1) MES de Presidio de conformidad con lo establecido en los artículos 460, 278 y 415 del Código Penal en concordancia con los artículos 87, 74, ordinal 4°, 80 y 82 del mismo código, tomando en cuenta para la aplicación de los límites de pena impuesta, que los acusados no presentan una conducta predelictual reprochable, ni se ha demostrado que posean antecedentes penales de ninguna naturaleza. Así mismo se condena a los acusados a las penas accesorias contenidas en el artículo 13 del Código Penal, y al pago de las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 34 eiusdem. Todo ello, de conformidad con lo eetablecido en los articulos 364, 365 y 367 del COPP.