En el presente caso se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos por el Artículo
185-A del Código Civil, lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad legal,
este el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los de los Municipios
Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la
Ley, declara PROCEDENTE LA PRETENSIÒN DE DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÌCULO 185-A, formulada por ciudadanos YALITZA MARISELA BARCO MOSQUERA y
PASTOR ANTONIO MOGOLLON, plenamente identificados en el encabezamiento del presente
fallo y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día 11 de Septiembre
de 2000, fecha en la que contrajeron matrimonio por ante la Prefectura de la Parroquia General
Rafael Urdaneta, Municipio Valencia Estado Carabobo, hoy Oficina de Registro Civil Par.....