Visto escrito, suscrito por el la Abogado INGRID HIGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.926, en su condición de apoderada judicial del ciudadano WIDMAN MANUEL PEÑA ROMAN, mediante el cual desiste de la reforma de calificación de despido, solo en lo que respecta a la empresa solidariamente demandada Petróleos de Venezuela, S. A, de fecha 08 de octubre de 2008, instando al Tribunal se sirva Homologue dicho desistimiento este juzgado una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho ni viola normas de orden público de conformidad con lo establecido en los artículos 89 ordinal Segundo de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 del la Ley Orgánica del trabajo, 10 y 11 de su reglamento, 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA el desistimiento solo en lo que respecta a la empresa solidariamente demandada, es decir, PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. y .....