AUTO. DECLARA INADMISION DE LA SOLICITUD.
Revisadas como han sido las actuaciones por ésta Instancia Agraria, se observa lo siguiente: En fecha 03 de Julio del año en curso, este Tribunal dictó Auto de Certeza Procesal en la cual ordenó a la parte interesada que adecuara su petitorio conforme a lo establecido en los artículos 196 y 197 numeral 15 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, de igual manera se instó a presentar las respectivas impresiones fotográficas del predio; otorgándosele tres (03) días hábiles de despacho, según lo previsto en el artículo 199 ejusdem, ese mismo día se libró la respectiva boleta de notificación. (Folios 11 al 14). En fecha 04 de Julio de este mismo año, el alguacil de este Juzgado presentó diligencia en la cual consignó copia de boleta de notificación debidamente firmada en constancia de haberla recibido. (Folios 15 al 17).
Precluido el lapso, se observa que a la fecha, la parte solicitante no ha presentado ni por si, ni por apoderado judicial.....