´En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana DILCIA MERCEDES TORRES, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.591.570 contra el ciudadano JUAN ALBERTO TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.318.101
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador correspondiente.
Expídase por la Secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia para ser remitidas junto con oficio a la Oficina del Registro Civil de la parroquia Boca de Aroa del Municipio José Laureano Si.....