Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el abogado JOSE GABRIEL HURTADO PERDOMO, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PROMOTORA PROMOINVEST, C.A., representada por su Director Gerente ciudadano DANIEL DI MATTIA MARIANI, interpuso ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, contra los ciudadanos FELIZX ANTONIO RODRIGUEZ CACERES, SANTO CASTILLO, JOSE CAMEJO, SAUL VICENTE MONTILLA CEDEÑO, LUIS RAFAEL AGUILAR MUÑOS y TEODORO ANTONIO CASTILLO. Y ASÍ SE DECIDE.
Se ordena la Notificación de la parte actora, del abocamiento de la ciudadana Jueza de este Tribunal y de la presente Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva de esta misma fech.....