PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción presentada por los Ciudadanos LILA COROMOTO RAMOS TORRES, LILIBETH CAROLINA CUEVAS RAMOS y VICTOR JAVIER CUEVAS RAMOS, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad N° (s) V-9.823.354, V-17.192.746 y V-16.242.499, respectivamente y todos de este domicilio, mediante sus Apoderadas Judiciales ANA GUERRA DUQUE e YRIAN EDITH HERNÁNDEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 135.438 y 156.192, respectivamente. SEGUNDO: Se ORDENA la rectificación del Acta de Nacimiento signada con el N° 2.137, Tomo IV, Folio 178 y su vuelto, Año 1982 inserta en los libros de Registro de Nacimientos, llevados por la Oficina de Registro Civil del municipio Los Guayos estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, por lo que donde se lee "...el ciudadano: MANUEL CUEVAS SANCHEZ, cédula N° 7.093.052, diecinueve años de edad...", deb.....