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Decisiones del dia 14/12/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-S-2015-000544 N° Sentencia : PJ0082015000197 Fecha: 14/12/2015
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MIREYA ROSA CASTELLANOS DE PINEDA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-8.602.427, ASISTIDA POR EL ABOGADO NESTOR ASTUDILLO DE LA CRUZ, INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 89.205
Resumen:
este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como: UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de: MIREYA ROSA CASTELLANOS DE PINEDA; sobre unas bienhechurías construidas en una extensión de terreno propiedad del Instituto Nacional de Vivienda (INAVI) que mide CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180.00 Mts2), ubicado en la urbanización Los Cocos, Sector las Parcelas, 3 era. calle, parcela Nº 113, jurisdicción de la Parroquia Goaigoaza del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Con los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 18.00 mts., con la casa Nº 114 de la 3 era. calle; SURESTE: En 18.00 Mts. Con la casa Nº 112 de la 3 era. Calle; NORESTE: en 10.00 Mts. Con la 3 era. Calle que es su frente, y SUROESTE: En 10.00 Mts. Con la casa Nº 121 de la 4 ta. calle. Dichas bienhechurías consistentes en una casa de uso familiar y sus características son las siguientes: construida totalmente de ceme.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2015-000845 N° Sentencia : PJ0082015000196 Fecha: 14/12/2015
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
EDUARDO BOLOGNA FIOL, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-17.025.225, ASISTIDO POR LA ABOGADA JAQUELINE FIOL, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL NO. 16.194
Resumen:
este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como: UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de: SUCESION NICOLO BOLOGNA CARNEVALE; sobre unas bienhechurías construidas en una extensión de terreno de su propiedad que mide NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (955 Mts2), ubicado en la avenida Bolívar, urbanización Rancho Grande, entre las calles 26 y 27, en Jurisdicción de la Parroquia Urbana Salom del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En 48.10 mts., con calle 26 de la urbanización Rancho Grande; SUR: En 47.40 Mts. Con inmueble que es o fue de la sucesión de Nicola Bologna; ESTE: en 20.00 Mts. Con inmueble que fue o es de la sucesión de Dionisio, y OESTE: En 20.00 Mts. Con la avenida Bolívar de la urbanización Rancho Grande, la cual pertenece a la sucesión Nicola Bologna Carnavale. Dichas bienhechurías consistentes en cinco local.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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