Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda de cobro de bolivares, interpuesta por la sociedad mercantil DISAN VENEZUELA,C.A., contra la sociedad de comercio SOLUVET,C.A., antes identificadas.