DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogado CELENE ALFONZO, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MANUEL ANTONIO MARCHAN Y EMELANO SALAS, ya supra identificados.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 10 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que declaró la PERENCIÓN Y EXTINCION DE LA INSTANCIA Y DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 201 del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: SE REPONE la causa al estado que el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial que resulte competente, continúe la causa de conformi.....