éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FRAN REINALDO OROZCO ESPAÑA y ANA PORFIRIA CALDERON GONZALEZ ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de éste domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V- 11.150.061 y V- 11.363.779, con fundamento en el articulo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vinculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 06 de Enero de 1.989, por ante la Prefectura del Municipio Urbano Independencia, Municipio Autónomo Valencia (hoy la Parroquia Independencia del Municipio Libertador), Estado Carabobo. Por dispositivo del fallo se establece: La patria potestad sobre Tribunal los niños OSCAR DAVID y NEURIS ANDREA y los adolescentes DIANA NOHEMI, DANIEL JOSE y ARN.....