Se dictó y publicó auto de apertura a juicio en la causa seguida a BLEIDIS PÉREZ, en virtud de haberse admitido la acusación interpuesta en su contra en audiencia preliminar por el delito de TRÁFICO Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS. Se declararon sin lugar las excepciones interpuestas por la defensa y se admitieron los medios de prueba ofrecidos por la fiscalía. Se ordenpo dividir la continencia y compulsar las actuaciones respecto a la imputada CLARA YOLIMA PENAGOS, en virtud de que la misma declaró su voluntad de admitir los hechos, por lo que la motivación se hará por separado. Se ordenó mantener la medida cautelar sustitutiva de libertad en contra de la imputada. Quedaron notificadas las partes de la decisión y se ordenó remitir las actuaciones al tribunal de juicio en su oportunidad.