III
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA declara:
Primero: La PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el numera 1 del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 269 ejusdem, en la Demanda de DESALOJO, presentada por el ciudadano JESUS ANTONIO HUERFANO SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y Titular de la Cedula de Identidad N° V-3.933.134, asistido por el Abg. JOSE HERMES ARAUJO FRANCO, Inscrito en el IPSA bajo el N° 128.031, de esta jurisdicción.
Segundo: Por la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada .....