En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA el cese de manera inmediata de cualquier medida que le haya sido impuesta al ciudadano: JOSE ALI AVENDAÑO, de 38 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.838.090, nacido en Palmarito Edo Apure, fecha de nacimiento: 13/08/1972, de profesión u oficio: Conserje, hijo de José Terán y Ana Avendaño, residenciarse la Urbanización el Tulipán, Parcela 21, torre A, San Diego Edo. Carabobo, en virtud del Archivo Fiscal decretado por la Fiscalía Trigésima del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Notifíquese a la victima Remítase la actuación a la Fiscalía Trigésima el Ministerio Publico de es.....