En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: perimida la instancia en la demanda de Reconocimiento de contenido y firma interpuesta por la ciudadana Yusmelys Milagro Estrada Lugo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 13.332.941, asistida por la abogada Haydee Hernández Pacheco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 86.225, contra los ciudadanos Marcos Antonio Estrada Lugo y Nelis Maria Lugo De Estrada, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.613.683 y V.- 3.898.350, en consecuencia terminado el procedimiento. Notifíquese a la parte .....