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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185- A, formulado por los ciudadanos MARÍA JOSEFINA PATIÑO PÁEZ Y FREDDY RAMÓN PÉREZ BENÍTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.126.928, y V-10.228.560, respectivamente, de este domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha tres (03) de noviembre del año de mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante la prefectura de la parroquia San Blas, del municipio Valencia, estado Carabobo, hoy en día oficina de registro civil, bajo el Nº 170, tomo I, del año mil novecientos noventa .....