Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, presentada por la ciudadana GLADYS INOCENCIA OJEDA APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.129.173, y de este domicilio, representada en este acto por el abogado en ejercicio WILIAN DÍAZ GUZMÁN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.435, en contra de los ciudadanos OSWALDO ELIGIO ZELTER MALPICA y NORKIS MARIA AUXILIADORA GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.346.808 y V-4.132.126 respectivamente, y ambos de este.....