este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges RUVANS IVANA FARFAN BEOMONT y MAURO BALLONE SALERNO, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía, desde el día 07 de Diciembre de 2006, fecha en que contrajeron matrimonio civil, por ante la Oficina Municipal de Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Valencia, Estado Carabobo. Acta Nro. 182, Tomo I, Año 2.006.