Vistos los razonamientos de hecho y de derecho antes expresados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por los ciudadanos EFRAIN ALEXANDER FLEMING AGUILERA Y GLEMAR ISABEL FLEMING AGUILERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-14.185.812 y V-13.324.541, el primero en nombre y representación de la SOCIEDAD MERCANTIL REPUESTOS Y LUBRICANTES MECA, C.A, inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 13 de abril de 2011, bajo el número 49, Tomo 54-A, e inscrita en el Registro Único de Información Fiscal bajo el número J-31357546-1, la segunda actuando en su carácter de encargada del referido local comercial, debidamente asistidos de abogados contra los ciudadanos LUIS NAPOLEÓN VELAZQUEZ Y SYRA VICTORIA ARELLANO DE VELAZQUEZ, venezolanos,.....