Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos ANA ISABEL RUIZ OCHOA y MIGUEL ANGEL LLAVANERAS RAMÍREZ, antes identificados, desde el día 04 de Mayo de 2006, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 199, Tomo I, año 2006, en los libros de matrimonios llevados ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo.-
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia en materia de Familia de la presente decisión.
Publíquese, regístrese.
Dada,.....