Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 01 de junio de 2011, por la Abogada NORIS DEL VALLE SUNIAGA, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE QUIÑONES LANDAETA, contra la sentencia dictada el 07 de febrero de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA - VENTA, incoada por los abogados NORIS SUNIAGA FIGUERA, LUISA SUNIAGA FIGUERA y RAFAEL HIDALGO, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSE QUIÑONES LANDAETA, contra las ciudadanas MIRIAM AREIMAO ARCAS, ANA ROJAS POLETTI y MARISEL ROJAS POLETTI.
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