Este Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por resolución de contrato de opción de compra venta privado y daños y perjuicios incoada por el ciudadano EDGAR ALEXANDER ALVARADO VIVAS, ya identificado, contra la ciudadana ELVIA DE JESUS ARAUJO PERDOMO, en consecuencia se obliga a reintegrar la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,00), que fue dada como parte de pago mas la cantidad de SETRENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS BOLIVARES (Bs.77.136,00) por concepto de daños y perjuicios. Se declara SIN LUGAR la reconvención propuesta por la ciudadana ELVIA DE JESUS ARAUJO PERDOMO, identificada en autos, contra el ciudadano EDGAR ALEXANDER ALVARADO VIVAS, ya identificado. Se condena en costas a la parte demandada.
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