por cuanto la cantidad de dinero que se entrega en este acto al reclamante, o sea, la suma de de CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 5.500.000,oo), cubre la totalidad de las cantidades a las cuales tiene derecho el reclamante y a las que está obligada a pagar Transporte DIAZ ALVARO C.A. y Transporte ALNECA C.A. SEXTO: Por virtud de la presente transacción ADELMO DANIEL VASQUEZ SUAREZ, conviene en desistir y renunciar a cualquier derecho o acción que pudiera corresponderle por la reclamación expresada, por cuanto la cantidad de dinero indicada en la Cláusula Cuarta de la presente transacción que recibe en este acto el reclamante, comprende la totalidad de los conceptos indicados en la presente acta. Igualmente ADELMO DANIEL VASQUEZ SUAREZ, conviene en renunciar y desistir de todas y cada una de las acciones y de los procedimientos de carácter laboral interpuestas, en contra de las citada Empresa con motivo o derivado de la presente transacción. SEPTIMO: Las .....