|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 10/02/2005 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
C-25642
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas |
Partes: NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): BRIAN SAVIER MEDINA PAZ |
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos:
El padre propone: los fines de semana alternos ( con la madre) retirándolo del hogar materno los días sábados y domingos, sin que el mismo por su edad pernote en el hogar paterno. El día del padre, días feriados, vacaciones y festividades navideñas alternos.
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de .....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
N° Expediente :
C-25643
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas |
Partes: NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): HAROLD JESUS LOPEZ HERMOSA |
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos:
El padre se compromete a visitar a mis hijos durante los fines de semana, así como también se compromete a llevarlos a paseos y sitios de recreación
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA HOMOLOGADA LA CONCILIACIÓN HABIDA, A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL.....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
N° Expediente :
C-25639
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: DE LA ADOLESCENTE SANCHEZ YRIGOYEN MARDEMILUZ ZAFIRO |
Resumen:
Probado como ha sido lo alegado y en vista del error material denunciado, no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, ésta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma sumaria al ciudadano Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña Municipio Valencia del Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo estampar debida nota marginal en las partidas de nacimientos previamente determinadas así: Nro. 3577, Tomo VI, año 1988, de los libros llevados por ese Registro Civil, en el sentido de corregir donde dice: ...lleva por nombre MARDILUZ ZAFIRO..., debe decir: ... lleva por no.....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
N° Expediente :
C-25640
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: DEL NIÑO MIGUEL ANGEL SALAS GUZMAN |
Resumen:
Probado como ha sido lo alegado y en vista del error material denunciado, no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, ésta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma sumaria al ciudadano Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta Municipio Valencia del Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo estampar debida nota marginal en las partidas de nacimientos previamente determinadas así: Nro. 3287, Tomo VI, año 1994, de los libros llevados por ese Registro Civil, en el sentido de corregir donde dice: ...y de SERVILIA MARIA YUZMAN ALEJOS..., debe decir: ... y de MA.....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
N° Expediente :
C-25641
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: LA NIÑA WILLIANNYS MARBELIS ARRIECHI GUERRERO |
Resumen:
Probado como ha sido lo alegado y en vista del error material denunciado, no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, ésta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma sumaria al ciudadano Jefe de la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo estampar debida nota marginal en las partidas de nacimientos previamente determinadas así: Nro. 603, Tomo II, año 2003, de los libros llevados por ese Registro Civil, en el sentido de corregir donde dice: ...el día trece de marzo del dos mil uno..., debe decir: ... el día trece de marzo del dos mi.....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
N° Expediente :
C-25644
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria |
Partes: NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S):JOSE ANGEL Y YORVENYS BORDONES VARGAS |
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos:
El padre voluntariamente oferto la cantidad de OCHENTA MIL BOLOIVARES (80.000.00) Mensuales a razón de VEINTE MIL BOLIVARES (20.000.00) Semanales, para cubrir la alimentación y me comprometo a cubrir el 50% de los gastos extras de los niños, principalmente, medico, medicina y estudios. Igualmente cubriré el 50% de los gastos de ropa y calzado que ameriten los niños.
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República.....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
N° Expediente :
C-25645
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 10/02/2005 |
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria |
Partes: NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S):ELIONEL FERNANDO Y MARIELENA LOZADA SALAS |
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos:
El padre voluntariamente oferto la cantidad de TREINTA MIL BOLOIVARES (30.000.00) Semanal, así mismo oferto el cincuenta por ciento (50%) referente a los gastos médicos y útiles escolares, así mismo con respecto a la muda de ropa será cada seis meses
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protecc.....
|
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
|
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
|
|
|
|
|