´En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana ANDREA VANESSA ROJAS CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.925.279.
Se designa como TUTORA INTERINA PROVISIONAL a la ciudadana CARMEN DOLORES NIETO DE CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.283.781, en su carácter de ABUELA MATERNA, domiciliada en la Urbanización El Naranjal 2, Avenida 199-A, Municipio Naguanagua del estado Carabobo, adyacente al edificio Naranjas Suite, entrando por La Campiña, estado Carabobo. Publíquese, Regístrese y déjese copia en el copiador digitalizado de sentencias para su archivo.
Expídase por secretaría copia certificada de esta decisión. Se orden.....