En orden a los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos: JUAN ANTONIO CAMPOS, titular de la cédula de identidad No. V-8.609.965; ANDERSON ALEXANDER DÍAZ, titular de la cédula de identidad No. V-12.425.928, ADELIS RAMÓN VARGAS CHIRINO, titular de la cédula de identidad No. V-13.496.304, DELIS RAFAEL QUEVEDO ALVARADO, titular de la cédula de identidad No. V-15.312.725, ROGER ANTONIO COLMENARES SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad No. V-15.227.893, JEAN CARLOS MORALES PÉREZ, titular de la cédula de identidad No. V-14.701.040, JORMAN ROBERT RENGEL VILLA, titular de la cédula de identidad No. V-19.196.986, CARLOS JOSÉ PINTO GÓMEZ, titular de la cédula de identidad No. V-16.347.82.....