DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: TERMINADA la presente incidencia de Inhibición, y ordena remitir el presente expediente al Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo régimen procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo a los fines que continúe con el conocimiento de la causa que dio origen a la presente incidencia. Remítase con oficio.