DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajó de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por Doctor OSWALDO GALINDEZ, contra el auto dictado en fecha 21 de Septiembre del año 2010, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por el cual Negó la apelación interpuesta en fecha 16 de Septiembre del año 2010, por el recurrente de hecho.
Quedando firme la decisión recurrida.
Notifíquese al Juzgado A quo la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los ocho (08) días del mes Octubre del año 2010. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federac.....