Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DENUNCIA DE FRAUDE PROCESAL formulada por la Ciudadana LORENA ROA BARBOZA, asistida por los Abogados LUIS MAGO y OSWALDO GUTIERREZ, parte Co-demandada, del juicio principal, en contra de la Ciudadana SONIA MARGARITA GRIMAN DE PAIVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.272.483, parte actora del juicio principal. SEGUNDO: Sin Lugar la demandada que por DESALOJO DE VIVIENDA, intento la ciudadana SONIA MARGARITA GRIMAN DE PAIVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.272.483, asistida por las abogadas KATIUSKA GODOY y VERONICA CEPEDA, inscritas en el Inpreabogado bajo los N(s)° 133.703 y 133.702.....