DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la insuficiencia del monto consignado, en el procedimiento de PERSISTENCIA DE DESPIDO, iniciado por la Sociedad Mercantil DEPOQUIM, C.A, contra el ciudadano RONALD JAVIER SALAZAR BASTIDAS, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.751.340, debidamente asistido por el Abg. BENITO JOSÉ BARBOZA, identificado en los autos. Y así se decide.
Finalmente en el entendido que de acuerdo con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para el caso de una eventual ejecución forzosa se solicitará ante el juez de sustanciación, mediación y ejecución o éste de oficio ordenará experticia complementaria del fa.....