Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el abogado CARLOS EDUARDO CASTELLANO, inscrito en el Inpreabogado Nº 95.746, con carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSA MARÍA ARANGUREN MATUTE, cédula de identidad V-9.824.145, contra la sentencia dictada el 13 de mayo 2008, por el JUZGADO PRIMERO AGRARIO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y declina la competencia ante el Juzgado Superior Agrario con competencia territorial en los Estado Aragua, Carabobo y Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos, Estado Cojedes.