En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO intentada Por la Ciudadana BETANIA JOSEFINA BASTIDAS RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.739.053 y de este domicilio, asistido por la Abogada MARISOL DE JESUS MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.148. SEGUNDO: SE ORDENA la rectificación del Acta de Nacimiento, signada con el Nº 1871, Tomo V, del Año 1971, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por la extinta Prefectura del Municipio Candelaria del Distrito Valencia, hoy d.....