Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, cumplidos como han sido los trámites procesales correspondientes, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A requerido por la abogada DIANA CAROLINA CASTILLO GIRÓN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.099.137 inscrita en el IPSA bajo el Nº 251.104, actuando en nombre y representación de la ciudadana MAYWIL CAROLINA CHIRINOS BARRETO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.855.108 y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos MAYWIL CAROLINA CHIRINOS BARRETO y JOSÉ EDUARDO SALVATO MÁRQUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.855.108 y V-19.532.153, desde el 30 de Noviembre del año 2017, según acta de matrimonio inserta en los libros de matrimonio llevados por ante el Registro.....