V
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por desafecto fundamentada en la sentencia N° 1070 de fecha de 09 de diciembre del año 2016, formulada por la ciudadana ANA DEL CARMEN ROSALES ABREU, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.140.505, de este domicilio, contra el ciudadano BARDASSARE ANTONIO NUCCIO CORRALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.829.683, con domicilio en sector San Rafael, prolongación Mérida, petrocasa AP B2, municipio Guacara, del estado Carabobo.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha .....