Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio por INTERDICTO RESTITUTORIO, intentado por los ciudadanos ISABEL TERESA ALEMAN DE LUGO Y JOSE LUIS LUGO ROBAINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números: 5.005.501 y 4.246.918 respectivamente, asistidos por el abogado CARLOS FALCONETTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-4.452.732, contra el ciudadano FRANK EDWIN BISOGNO DAVILA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-11.812.151, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 269 eiusdem. ASÍ SE DECIDE.
Se ordena la Notificación d.....