Este TRIBUNAL QUINTO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA, al Jefe del Registro Civil de la Parroquia Santa Ana, Municipio Miranda, Estado Falcón, y al Registrador Principal del Estado Falcon, estampar la debida Nota Marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana TIULEY CHIQUINQUIRA ALGUINDIGUE MORLES, previamente determinada así donde dice: "...TULEY CHIQUINQUIRA ALGUINDIGUE MORLES..." debe decir "...TIULEY CHIQUINQUIRA ALGUINDIGUE MORLES...", que es lo correcto. De igual forma donde dice "NIEVES CHIQUINQUIRA MORLES DE ALGUINDIGUE", debe decir "CHIQUINQUIRA MORLES DE ALGUINDIGUE" , que es lo correcto. Así se decide.