administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos BELKIS LOYO DE MARVAL, OLINDO LOYO VIDOSA, RUBEN LOYO VIDOZA, JOEL LOYO VISOZA y WILLIAM LOYO VIDOZA, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la difunta JUANA DEL CARMEN VIDOZA DE LOYO, quien falleció ab-intestato, el día 14 de enero del año 2010, según acta N° 36, tomo I, año 2010. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia al cinco (05) día del Mes de.....