Habiendo transcurrido el lapso establecido en la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA LIBERTADOR LOS GUAYOS NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO la solicitud de separación de cuerpos y de bienes formulada por los ciudadanos GUILLERMO JOSE SUAREZ RAMIREZ y JUDITH TIBISAY GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.389.467y V.- 7.008.633respectivamente y de este domicilio, y en consecuencia DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído en fecha 19 de Diciembre de 2003, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Tocuyito, del Municipio Libertador del Estado Carabobo, anotado bajo el N° 294, Tomo: II año 2003 en el libro respect.....