DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la Autoridad que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos JOSE AGUSTIN DELGADO CORDERO y MARIA CONSUELO CARRERA PAEZ Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: 7.193.457 y 7.557.690, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada: ROMAIRA DELGADO AVENDAÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 128.207. En consecuencia, se declara: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado en fecha: 28 de Julio de 1.982, asentado, en el Libro de Registro de Matrimonios llevados EL PREFECTO DE LA PARROQUIA DE SAN JOAQUIN DEL ESTADO CARABOBO (AHORA REGISTRO CIVIL DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN JOAQU.....