Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO que por NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO incoara BRIDGESTONE FIRESTONE VENEZOLANA C.A., contra Acta de Inspección levantada por la Unidad de Supervisión de fecha 21 de enero de 2014 y de la Providencia Administrativa de fecha 21 de enero de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga de los Municipios Autónomos de Naguanagua, San Diego y Valencia, Parroquias San José, San Blas, Candelaria y Rafael Urdaneta del Estado Carabobo.