Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer, sustanciar la presente Solicitud que por Divorcio 185-A, planteo el Ciudadano JUAN CARLOS COLMENARES QUINTERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.751.087, a través de su apoderado judicial Abogado JOSE RAFAEL COLMENARES QUINTERO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.325, en contra de la Ciudadana DILIA ELENA SERRADAS TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-12.431.432. SEGUNDO: En cuanto a su Admisión este Tribunal por auto separado proveerá lo conducente en la oportunidad legal respectiva.